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¿Qué es la reserva de capitalización? ¿Nos hará ahorrar impuestos?

Es una nueva reserva indisponible que hará que no se tribute por la parte del beneficio que destinamos a su constitución y  es aplicable al cierre del ejercicio 2015.

¿Quién puede dotar esta reserva?
La mayoría de las empresas, independientemente de su tamaño, tanto las grandes como las medianas y pequeñas.

¿Cuál es su objetivo?
Incrementar la financiación propia o su proporción en relación a la financiación ajena de las empresas, es decir, que las empresas se capitalicen y repartan pocos dividendos.

¿Cuáles son los requisitos para su dotación?

• El incremento de los fondos propios de la empresa  deberá mantenerse durante 5 años desde el año en que se aplique, excepto en el caso de que existan pérdidas contables.
• Se deberá contabilizar en el balance separado del resto de reservas.
• La reserva será indisponible.

¿Cómo se aplica?
Se calcula un 10% sobre el incremento de los fondos propios de un año a otro y se reduce de la base imponible del impuesto. El importe que no se pueda reducir por superar el límite sobre la base imponible, podrá aplicarse o reducirse en los períodos impositivos que finalicen en los 2 años inmediatos y sucesivos al cierre del período impositivo en que se haya generado el derecho a la reducción.

¿Realmente es un ahorro de impuestos?
Con la aplicación de esta reserva se puede reducir la tributación en función del tipo impositivo entre un -2,8% y -2,5%. Por ejemplo, las PYMES pasan del 25% al ​​22,5% en el impuesto sobre sociedades.

Sin embargo comparándolo con la tributación de estos últimos años, el ahorro no es  tal. Por ejemplo, la mayoría de PYMES tributaban al 20% si mantenían la plantilla y  además se podían aplicar otras deducciones relacionadas con la reinversión de beneficios, pero ahora con la nueva reforma todas éstas han desaparecido.

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