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Real Decreto Ley 8/2014, medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia

Con fecha 5 de julio de 2014 se ha publicado en el B.O.E. el Real Decreto-ley 8/2014 que, entre otras, incorpora importantes novedades en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por su transcendencia tributaria, destacamos las siguientes:

·         Con efectos desde 1 de enero de 2014 y ejercicios anteriores no prescritos se declara exenta la ganancia patrimonial que pudiera ponerse de manifiesto como consecuencia de la dación en pago o de un procedimiento de ejecución hipotecaria que afecte a la vivienda habitual del contribuyente. Asimismo, en estos casos, se introduce una exención en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana para las personas físicas que trasmitan su vivienda habitual.

·         Con efectos desde el 1 de enero de 2014 se permite la compensación de determinadas rentas negativas de la base del ahorro derivadas de deuda subordinada o de participaciones preferentes, o de valores recibidos a cambio de estos instrumentos

·         Con efectos desde el 5 de julio de 2014 se establece una reducción del tipo de retención del 15% para los contribuyentes que obtengan rendimientos de actividades profesionales cuando:

.– el volumen de los rendimientos íntegros derivados de estas actividades en el ejercicio anterior hubiera sido inferior a 15.000 euros

.- este volumen representa más del 75 por ciento de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y trabajo obtenidos en dicho ejercicio.

Para la aplicación de este tipo de retención reducido, los contribuyentes deberán comunicar al pagador de los rendimientos la concurrencia de dicha circunstancia, quedando obligado el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada.

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